EL MAYO CAPILLENSE

Escribe Carlos Palomares

Mayo es, históricamente, para nuestro país y el mundo, un mes donde las convulsiones sociales suelen aparecer sin pedir permiso. Irrumpen con insolencia adolescente en sitios donde no son bien vistas. Provocando zozobra entre quienes defienden a capa y espada el mantenimiento de privilegios a los cuales consideran “un derecho divino”.Capilla del Monte no es ajena a esos estertoresya que aún pertenece al planeta Tierra, pese a ciertos dichos que afirman lo contrario.

Ahora bien, ¿cómo se manifiesta el “Mayo Capillense”? Existe una fuerte posición, sobre todo por quienes defienden el ambiente, de evitar que se construya por sobre la cota 1050. Informes y posturas terminantes, manifestadas por científicos insospechados y un estudio de la Universidad de Córdoba, demuestran de manera tajante que permitir la construcción en altura, es prácticamente, consumar un suicidio colectivo para el futuro capillense.

Esa es una postura y, ¿cuál es la otra?   Es la de propietarios de terrenos en la zona en conflicto, dichos poseedores defienden, como es lógico, sus inversiones, lo cual es respetable si tenemos en cuenta que vivimos en un país capitalista y existe  la propiedad privada.

Entonces llegamos a querer entender como y quién define la controversia. Esta definición está en manos de los Concejales de Capilla del Monte, lo cual sería saludable si no pesaran sobre alguno de esos concejales firmes sospechas de ser poseedores de lotes por sobre la cota 1050, lo que invalida absolutamente su voto, sobre todo, cuando uno de ellos, el concejal Angel Zanotti, (Unión por Córdoba) planteó de manera pública y notoria, en los programas partidarios y a través de sus voceros, que, por ejemplo, el estudio realizado por la UNC, carecía de valor científico, que era incompleto y parcial. Todos estos dichos son parte de las declaraciones de el concejal y sus portavoces mediáticos, manifestadas desde la ignorancia supina de un lego.

Por estas razones y algunas otras más, los concejales de Capilla del Monte están inhibidos de tomar alguna decisión sobre la conveniencia o no de construir sobre la cota 1050.

Por la sencilla razón que no pueden ser Juez y Parte.

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Carlos Palomares

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