ASAMBLEA DEL AÑO XIII
Informe de Francisco Capdevila
Con motivo de celebrarse el bicentenario de la Asamblea del Año XIII, la Municipalidad de La Cumbre y la Junta de Historia recuerdan este acontecimiento señalando: ASAMBLEA DEL AÑO XIII 
Convocada por el Segundo Triunvirato y reunida el 31 de enero de 1813 bajo la presidencia de Carlos María de Alvear, esta asamblea ha sido considerada por los historiadores argentinos como una de las cuatro grandes convenciones argentinas (junto con el cabildo abierto de mayo de 1810
| Convocada por el  Segundo Triunvirato y reunida el 31 de enero de 1813 bajo la presidencia de  Carlos María de Alvear, esta asamblea ha sido considerada por los historiadores  argentinos como una de las cuatro grandes convenciones argentinas (junto con el  cabildo abierto de mayo de 1810, que produjo la revolución de ese nombre; el  Congreso de Tucumán de 1816, que declaró la independencia, y el Congreso  Constituyente de Santa Fe que redactó la famosa y perdurable Constitución de  1853) dado que, a pesar de que no hizo una explícita declaración de la  independencia y en realidad no concretó la adopción de una constitución, su  trabajo aseguró lo primero y, a través de la remoción de instituciones del  período colonial y favoreciendo el despertar de una conciencia nacional y  reformadora entre el pueblo, preparó el camino para lo  segundo. Los líderes  reformadores declararon la soberanía del pueblo, reemplazaron el sello real por  uno patrio, que también apareció en el nuevo sistema monetario; adoptaron el  estandarte azul y blanco usado inicialmente por Belgrano (1812) como bandera  nacional y encargaron y luego aceptaron el himno nacional escrito por el Dr.  Vicente López y Planes; aprobaron algunas reformas económicas; mejoraron la  organización y la disciplina del ejército; decretaron un programa esencial de  cambios básicos y reformas sociales e institucionales. Reformas eclesiásticas:  aunque se reconoció a la Iglesia Católica Romana como Iglesia oficial, se  garantizó la tolerancia religiosa y la Iglesia argentina fue declarada  independiente de toda autoridad foránea; a los sacerdotes se les prohibió tomar  sus votos finales antes de la edad de treinta años; se abolió el tribunal de la  Inquisición; se secularizaron los fondos religiosos de los hospitales y se  reformó la administración eclesiástica. Se crearon nuevas  divisiones para la administración política dando lugar a los orígenes de las  modernas provincias argentinas; no se abolió la esclavitud pero fueron  declarados libres los hijos de esclavos y los esclavos ingresados al país; a los  indios se los relevó del pago del tributo y de los trabajos forzados y se los  declaró libres e iguales; se prohibió el uso de títulos de nobleza y se abolió  el mayorazgo a favor de una herencia igual para todos los hijos; se prohibió la  tortura durante las investigaciones criminales. Uno de los  primeros propósitos de esta asamblea había sido redactar y adoptar una  constitución pero cuando se presentaron tres proyectos – uno por el comité  designado, otro por la Sociedad Patriótica y un tercero muy similar a los  artículos de la Confederación de los Estados Unidos, redactado por los  partidarios de Artigas y en el que se proponía la autonomía provincial con un  mínimo de poder nacional, en contraste con los otros dos que eran fuertemente  centralistas – la asamblea decidió no considerar ninguno de  ellos. Los crecientes  conflictos entre los grupos de la confederación de Artigas y los líderes  porteños, complicados por la lucha por el poder en el Triunvirato, desembocaron  en la abolición de éste, invistiendo con el poder ejecutivo a un solo director,  Gervasio Antonio de Posadas. (Tomado  del Diccionario Histórico Argentino –Página 50 - de Ione S. Wright y Lisa  M. Nekhom, edición abril de 1994). La Cumbre, 30 de enero de  2013 | 
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