Comunicado de la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito‏

Radares legales

Los cinemómetros (radares) que emplea la Policía Caminera corresponden al Modelo Stalker Lidar, fabricado en Estados Unidos; se encuentra inscripto en Metrología Legal bajo el N° 5.240 y tiene Código de Aprobación de Modelo: 871/2003

Debido a versiones periodísticas que afirman que los radares que emplea la Policía Caminera no estarían autorizados para su empleo, la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito, en carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley de Utilización de Dispositivos Reguladores y Controladores del Tránsito, informa que:

Los cinemómetros (radares) que emplea la Policía Caminera corresponden al Modelo Stalker Lidar, fabricado en Estados Unidos; se encuentra inscripto en Metrología Legal bajo el N° 5.240 y tiene Código de Aprobación de Modelo: 871/2003.

Se ha dado cumplimiento a los requisitos de calibración mediante los certificados correspondientes emitidos por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).


Se ha dado cumplimiento al Artículo 14 de la Ley 8980 en cuanto a la homologación del empleo de los cinemómetros, mediante la aprobación de los requisitos establecidos en el punto B del Anexo 1 del Decreto 274/09, presentado por la Dirección General de Policía Caminera el 27 de febrero de 2009, en la nota de Referencia: "Solicitud de homologación de Dispositivos Controladores de Tránsito".

El Programa Provincial de Seguridad Vial que se está aplicando en nuestras rutas y autopistas ha dado por resultado un descenso de la mortalidad significativo, incidiendo positivamente la fuerte reducción de la velocidad gracias al control de que se realiza con el uso de los radares.

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