No se permitió al Consejo de la Niñez aportar a la Ley Provincial

Porqué no se les permitió?

El Consejo de Niñez y Adolescencia de la Ciudad de Córdoba que fuera creado en el marco de la Ley Nacional 26.061, de “Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes”, como ámbito de concertación intersectorial de políticas públicas, e integrado por representante de los Poderes Ejecutivo y Deliberante Municipal, SeNAF Pcia., U.N.C. y de la Sociedad Civil Organizada, siente la necesidad de comunicar a la ciudadanía, que habiendo solicitado en tiempo y forma la participación en el debate

que se llevara a cabo en el ámbito de la “Comisión de Solidaridad” de la Honorable Cámara Legislativa Provincial, en relación a los proyectos de modificación de la Ley Provincial N° 9053, de “Protección Judicial del Niño y del Adolescente”, no ha sido recibido por ese espacio legislativo, y consecuentemente su posición al respecto no ha sido escuchada.

Que no obstante ello, entendemos necesario fijar posición al respecto:

1°- Que la Ley Provincial 9053, efectivamente debe ser modificada, adecuándola al espíritu y los nuevos paradigmas en los que basa su aplicabilidad la legislación nacional 26.061.

2°- Que los proyectos de modificación que han sido debatidos, y fundamentalmente aquel que resulte aprobado, no debería incluir el procedimiento penal juvenil, entendiendo que este, tal como se encuentra planteado en el proyecto propuesto por el Poder Ejecutivo, no garantiza el debido proceso. Por lo contrario,  autoriza al magistrado a continuar con las facultades otorgadas por la ley provincial que se intenta modificar y la ya derogada ley de patronato 10.903. Se hace “pagar” al niño o adolescente las consecuencias de su pertenencia a un grupo familiar determinado –pobre, excluido socialmente, desorganizado, etc.- (arts. 51, 52 y correlativos y concordantes y Capitulo ll de la Ley 9053, y 80, 81, correlativos y concordantes y Capitulo ll del proyecto en cuestión).

3°- Por último, tanto la ley nacional 26.061, como los  proyectos de modificación citados,  establece  entre otras cuestiones,  articulaciones entre la provincia y los municipios para dar respuestas a las situaciones de vulneración de derechos de niños y jóvenes en todo el territorio provincial. No se entiende entonces el motivo por el cual se  priva a este Consejo Municipal a aportar a una ley provincial  de tal magnitud, y que involucra tanto al estado provincial como a los estados municipales  en una intervención que  a través de políticas públicas  universales trabajen la promoción prevención y  protección, resguardo y restablecimiento  de los derechos de la niñez y de la adolescencia, especialmente en aquellas familias que no puedan por si mismas alcanzar el desarrollo integral de sus infantes, evitando con ello la innumerable cantidad de familias y niños judicializados por problemas sociales

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