Qué dice la ley? Cómo se usará la Boleta Unica?

Te mostramos todos los pasos

La Boleta Única de Sufragio se usará para elegir gobernador en los próximos comicios provinciales La boleta única estará dividida en espacios, franjas o columnas de igual dimensión para cada partido, alianza o confederación política que cuente con listas de candidatos oficializadas. Los espacios, franjas o columnas contendrán:

1) el nombre del partido, alianza o confederación política;
2) la sigla, monograma, logotipo, escudo, símbolo, emblema o distintivo que el partido, alianza o confederación política haya solicitado utilizar al momento de registrar su lista de candidatos;
3) fotografía color del candidato a cargo ejecutivo o unipersonal;
4) el nombre y apellido completos de los candidatos a gobernador y vicegobernador;
5) el nombre y apellido completos de los candidatos titulares y suplentes a legislador por distrito único, debiendo estar resaltados con una tipografía mayor los primeros 3 candidatos titulares;
6) el nombre y apellido completos del candidato titular y suplente a legislador departamental;
7) el nombre y apellido completos de los candidatos a miembros del tribunal de cuentas de la Provincia, titulares y suplentes;
8) un casillero en blanco próximo a cada tramo de cargo electivo, a efecto de que el elector marque con una cruz, tilde o símbolo similar la opción electoral de su preferencia, y
9) un casillero en blanco, de mayores dimensiones que el especificado en el inciso anterior, ubicado en el margen superior derecho del espacio, franja o columna de cada una de las agrupaciones políticas intervinientes, para que el elector marque con una cruz, tilde o símbolo similar la opción electoral de su preferencia por lista completa de candidatos.

Municipios. Cuando una municipalidad o comuna convoque a elecciones en la misma fecha fijada para la Provincia, la boletas contendrá además: a) el nombre y apellido completos del candidato a intendente, del viceintendente si lo hubiere, concejales titulares y suplentes; o en su caso, de los candidatos a miembros titulares y suplentes de la comisión comunal; b) el nombre y apellido completos de los candidatos a miembros del tribunal de cuentas, titulares y suplentes.

Diseño. Los requisitos son: 1) anverso: a) el año de la elección; b) la individualización de la sección y circuito electoral; c) el número de mesa, y d) instrucciones para la emisión del voto. 2) Reverso: un espacio demarcado para que inserten las firmas las autoridades de mesa y los fiscales de mesa de los partidos, alianzas o confederaciones políticas; 3) la impresión será en idioma español, con letra tipo Arial, de tamaño 8 de mínima y 12 de máxima, en papel no transparente con la indicación gráfica de sus pliegues, pudiendo resaltarse en mayor tamaño el nombre y apellido del candidato a: gobernador, primer legislador por distrito único, legislador por departamento y primer candidato a miembro del tribunal de cuentas, e intendente municipal o presidente comunal, en su caso; 4) Tendrá una dimensión no inferior a los 420 milímetros de ancho por 297 milímetros de alto, quedando facultado el Juzgado Electoral a establecer el tamaño máximo de acuerdo con el número de partidos, alianzas o confederaciones políticas que intervengan en la elección; 5) al doblarse en cuatro partes por los pliegues demarcados, debe pasar fácilmente por la ranura de la urna, y 6) debe estar identificada con un código de barras de manera correlativa y adherida a un talón con igual identificación.

Para no videntes. Se dispondrá también la confección de plantillas idénticas en papel transparente y alfabeto Braille para las personas discapacitadas visuales.

Sorteo. El Juzgado Electoral determinará el orden de precedencia de los espacios, franjas o columnas de cada partido, alianza o confederación que cuente con listas de candidatos oficializadas mediante un sorteo público. Cantidad. El Juzgado Electoral mandará a imprimir las boletas únicas en una cantidad igual al número de electores correspondientes al padrón electoral, más un 10 por ciento adicional para reposición

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