El Agua del Valle de Punilla está en riesgo

Comunicado de Vecinos Autoconvocados de La Cumbre

Según reza la Constitución de la Pcia. de Cba., toda persona tiene los derechos de: gozar de un medio ambiente sano, conservación de los recursos naturales y culturales y la preservación de la fauna. Se declaran también en ella como elementos vitales para el hombre, al AGUA, al SUELO y al AIRE.

Entendiendo por "conservación" al uso y manejo racional no degradante del ambiente; por "preservación" al mantenimiento del ambiente sin uso extractivo ni consuntivo o con utilización recreacional y científica restringida; y por DEGRADACION al deterioro de los ecosistemas, sus componentes y del agua, aire, suelo, flora, fauna, como resultado de actividades antrópicas en el ambiente.     

 El pasado 21 de diciembre de 2010 el bloque oficialista y el edil Babusci del HCD de La Cumbre aprobaron la ordenanza 42/010 que permite el loteo y construcción en el nuevo ejido de nuestro pueblo (zona de altura, montanas Tiu Mayú. y Cuchi Corral), pasando por alto el dictamen de la Secretaria de Ambiente de la Provincia de Cba., el cual exhorta al mencionado cuerpo a realizar estudios previos para garantizar el desarrollo sustentable de nuestra localidad. Se transgredió así, los principios de precaución y prevención.

Dichos estudios son básicamente los que, en sus resultados pueden evaluar la fragilidad o fortaleza del sistema y sus recursos a fin de sostener seriamente la viabilidad de la vida de la región. Entre otros, el dictamen de referencia (CERNAR) propone como imprescindibles los siguientes estudios: 1) ESTUDIOS DE SUELO.  Uso actual. 2) Estudios de AGUAS superficiales y subterráneas. 3) Estudios de CALIDAD de agua y CICLO del  agua. 4) Tratamiento de EFLUENTES. 5) Estudios de los aspectos BIOLOGICOS y ECOLOGICOS: floran fauna y otros. 6) Ecosistemas y paisajes. 7) Estudios de los aspectos socio-culturales. 8) Matriz de impacto ambiental, entre otros. La aplicación de esta ordenanza SIN LOS ESTUDIOS antes mencionados traerá consecuencias y daños IRREVERSIBLES a la población de la Cumbre y pueblos aledaños: falta de agua de manera permanente, contaminación de cuencas hídricas, desmonte por nuevas edificaciones, desmoronamientos de la montañas, desaparición de vertientes naturales, extinción de flora y fauna, y deterioro del producto turístico. Por ende, perdida de puestos de trabajo.

La aplicación de esta ordenanza es un ACTO IRRESPONSABLE Y ANTICONSTITUCIONAL, ya que pone a nuestro pueblo y a la región en una situación de riesgo que no merecemos ni necesitamos.                             Es por eso que, dando curso a las acciones legales que nos amparan para cumplir con el ejercicio de nuestros derechos individuales y como población hacemos conocer la acción puesta en marcha por vecinos Autoconvocados de la Cumbre y de localidades vecinas: reunir la mayor cantidad de firmas de ciudadanos que adhieran a este objetivo como forma de expresar al HCD lo que no dio oportunidad de expresar en una Audiencia Publica que debió haber convocado antes de votar la ordenanza en cuestión: "porque queremos AGUA para vivir y trabajar, exigimos preservar las sierras, el agua y el patrimonio paisajístico y ambiental de La Cumbre", por lo tanto exigimos la DEROGACION de la ordenanza 42/010 hasta tanto se produzcan los informes hechos por organismos independientes y reconocidos por su rigor científico. Y axial poder elaborar una ordenanza que vele por el desarrollo sustentable de nuestra localidad.                                   Invitamos a los ciudadanos a sumarse con su firma en planillas distribuidas a tal fin en comercios y referentes del grupo de Vecinos

 

Autoconvocados. SU FIRMA = NUESTRO FUTURO

Por Vecinos Autoconvocados: Silvia Cerino, Betina Cerino, Diana Petrochelli, Enrique Long y Ana Mattos

 

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